NOTICIAS DE LA FUNDACIÓN TRIPARTITA
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Expedientes de regulación de empleo 09/06/2009
Comunicación de la participación de los trabajadores acogidos a regulación de empleo en la formación de demanda.
El Real Decreto 395/2007, en el artículo 5, apartado a), regula la participación de los trabajadores acogidos a regulación de empleo en la formación de demanda durante sus períodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.

Dado que la situación de regulación de empleo no es identificable y puede afectar a los participantes se recomienda que, en el caso de comunicar formación correspondiente al período de suspensión de empleo, se remita a la Fundación Tripartita copia de la resolución correspondiente y listado de los trabajadores afectados en papel y en un fichero informático.

Esta información se podrá remitir a la finalización de cada ejercicio o en caso de presentar incidencias en los ejercicios anteriores, en la fase de comprobación de las bonificaciones aplicadas.

El fichero debe realizarse en formato excel e identificarse con el CIF de la empresa y el año al que se refiere. Contendrá los siguientes campos: datos identificativos de la empresa (CIF y razón social), datos identificativos del trabajador o trabajadores (NIF, apellidos y nombre) y período al que afecta la suspensión.
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Comprobación del crédito asignado - Ejercicio 2007 06/05/2009
Se ha realizado la comprobación de los créditos asignados a las empresas para el ejercicio 2007 con las bonificaciones que se han aplicado cada una de ellas.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, y con carácter previo a la que realicen los Servicios Públicos de Empleo, la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo ha procedido a la comprobación de los créditos asignados a las empresas para la realización de acciones de formación y el adicional para permisos individuales de formación para el ejercicio 2007 con las bonificaciones aplicadas por cada una de ellas, según la información facilitada por la Tesorería General de la Seguridad Social.

El resultado del proceso de comprobación se hará constar en el apartado de la aplicación telemática “Notificación de Crédito/Datos de Empresa/Conciliación”. Si el resultado de dicha comprobación es NO CONFORME, se notificará por escrito a las empresas. Los resultados CONFORMES sólo se notificarán en la aplicación, lo que no prejuzga la realización ni los resultados de comprobaciones administrativas ulteriores, por parte de los Servicios Públicos de Empleo y otros órganos de control.

Hay que recordar que, en el caso de agrupaciones de empresas, las entidades organizadoras deberán informar del resultado a las empresas agrupadas.
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Conciliación 2005 y 2006 - Gestión de Aclaraciones 27/02/2009
Tras la gestión de las aclaraciones presentadas, la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo notificará durante los meses de febrero y marzo el resultado CONFORME de la conciliación
Realizada la conciliación de los créditos asignados por empresa con las bonificaciones aplicadas por cada una de ellas y revisadas las aclaraciones presentadas:
  • en los casos en que tras el acto de conciliación de la aclaración se hubiere obtenido un resultado CONFORME, se indicará únicamente en la aplicación telemática (en el apartado “Notificación de Crédito/Datos de Empresa/Aclaraciones”), sin necesidad de notificación escrita del mismo.
  • el resultado de la gestión de las aclaraciones a la Conciliación NO CONFORME será notificado por escrito en próximas fechas.

Recordamos a las entidades organizadoras que deberán informar del resultado de la conciliación a las empresas agrupadas.
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Acceso a las aplicaciones de ejercicios anteriores 31/01/2008
El acceso a las aplicaciones de ejercicios anteriores se facilitará únicamente a efectos de consulta de datos
El acceso a la Aplicación de 2008 se cerró el 31 de enero de 2009, a partir de esta fecha sólo se puede acceder para consulta.
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Ingresos voluntarios de bonificaciones aplicadas 03/01/2008
Los ingresos que voluntariamente realizan las empresas de aquellas bonificaciones que se hayan aplicado por Formación Continua, se realizarán a favor del Servicio Público de Empleo Estatal en la cuenta que el mismo tiene abierta en el Banco de España.
Titular de la cuenta.
Servicio Público de Empleo Estatal. Cuenta para la Devolución de Bonificaciones de Formación Continua.

BANCO DE ESPAÑA, ALCALÁ, 50, 28014 MADRID
CUENTA CORRIENTE N.º 0203405128
C.C.C.: 9000-0001-20-0203405128

El usuario deberá indicar la razón social, el CIF y el número de expediente, con objeto de que quede identificada la empresa y el ejercicio sobre el que realiza la devolución.
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Renovación de Certificados Digitales 13/01/2006
Todos los certificados digitales emitidos tienen una validez limitada, pero nunca superior a cuatro años, a partir de la fecha de emisión del mismo. Transcurrido este período caducará, siendo necesaria la emisión de uno nuevo.
Para conocer la fecha de caducidad del certificado digital se seguirán los siguientes pasos:

     1.- Desde este sitio web ir a "Acceso al Sistema" (aceptar alerta de   seguridad)
     2.- Autenticación del cliente - “VER CERTIFICADO”. Aparecerá la fecha límite de validez del
          mismo.

Una vez conocida la fecha de caducidad, podrán solicitar la renovación del certificado emitido por la FNMT-RCM o por otra entidad certificadora, los titulares,  siempre que en el momento de la solicitud tengan el certificado en vigor y los  datos de creación de firma asociados. Dicha renovación, deberá efectuarse durante los sesenta días anteriores a su caducidad.
Para solicitar la renovación el peticionario deberá conectarse a  Ceres (http://www.cert.fnmt.es/clase2/main.htm)  o a Camerfirma (http://www.camerfirma.com/) y seguir los pasos que se indican para renovar los Certificados.
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